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Inspección Técnica de Edificios

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Inspección Técnica de Edificios

La obligatoriedad de la inspección técnica de los edificios dimana de la extensa normativa legal que desde el propio Código Civil en sus artículos 348, 389, y 391 de responsabilidades por conservación y reparaciones hasta el reglamento de propiedad horizontal en diversos artículos.

Inspección Técnica de Edificios

La obligatoriedad de la inspección técnica de los edificios dimana de la extensa normativa legal que desde el propio Código Civil en sus artículos 348, 389, y 391 de responsabilidades por conservación y reparaciones hasta el reglamento de propiedad horizontal en diversos artículos.

La ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación (LOE) en su artículo 3 punto 1 dice: “con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente los edificios deben proyectarse, construirse, MANTENERSE Y CONSERVARSE de tal forma que satisfagan…

La ITE nace para asegurar el cumplimiento del deber de conservación al que hace referencia el artículo 9.1 de RD. Legislativo 2/2008 de 20 de junio por el que se aprueba el TR de la Ley del Suelo y los Artículos 8 y 19 de la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León respectivamente así como lo dispuesto en los Artículos 21 y 22 del RDL 8/2011 de 1 de Julio.

PLAZOS DE INSPECCIONES POR ANTIGÜEDADES DE EDIFICIOS..

  • Anteriores a 1930 —- Hasta 31-12-2012

  • Entre 1931 y 1950 —- Hasta 31-12-2013

  • Entre 1951 y 1960 —- Hasta 31-12-2014

  • Entre 1961 y 1970 —- Hasta 31-12-2015

  • A partir de 1971 hasta que cumpla 45 años

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS EN BURGOS

El ámbito de aplicación en Castilla y León comprende a los municipios de más de 5.000 habitantes más los municipios situados en el área urbana de las capitales de provincia que en el caso de Burgos resultan ser:

      • Arcos de la Llana.
      • Cardeñadijo.
      • Ibeas de Juarros.
      • Villagonzalo.
      • Villalvilla.
      • Merindad de Río Ubierna.
      • Alfoz de Quintanadueñas.

A su vez, el Ayuntamiento de Burgos, en su Ordenanza Municipal Reguladora de la ITE, en su Disposición Adicional Segunda, marca un calendario de plazos para la realización de la inspección, y también contempla la inspección de todo tipo de construcción, por encima de los requisitos establecidos en otras poblaciones y la llama por esto, INSPECCION TECNICA DE CONSTRUCCIONES.

Experiencia

Eficacia

Profesionalidad

Rapidez

Calidad